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Pensión Alimenticia

Lo que debes saber:

Es importante que sepas que el Derecho Familiar regula la pensión alimenticia que se puede decretar por autoridad judicial a favor de cónyuges, concubinos, hijos e incluso abuelos.

La pensión alimenticia comprende la comida, vestido, habitación, atención médica, hospitalaria, y en su caso, los gastos de embarazo y parto; respecto a los hijos además comprenden los gastos para su educación.

Para las personas con algún tipo de discapacidad también comprende lo necesario para lograr en lo posible su rehabilitación.

Respecto a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de su atención geriátrica, se procurará que los alimentos sean proporcionados integrándolos a la familia.

En la práctica hay abogados que solo se ocupan de tramitar una pensión alimenticia provisional que fija la autoridad judicial al admitir la demanda y en muchos casos descuidan la tramitación del juicio, poniendo en riesgo que al dictar sentencia definitiva se disminuya la pensión alimenticia.

2024/05/03